A continuación expongo el texto íntegro del acuerdo llegado con los moderadores:
------------ Publicidad en dogging-spain -------------------
Durante varios días la administración ha llevado a cabo diversas conversaciones con los moderadores para intentar llegar a una decisión común y consensuada en lo relativo a la inclusión de enlaces a webs externas a dogging-spain por parte de los usuarios, ya fuesen en la firma de sus mensajes, en las fotografías que se añadan al foro o en un simple mensaje.
Los moderadores y la administración expusieron sus opiniones y teorías, algunas enfrentadas y otras no. Resultado de esa exposición y de ese diálogo, es el siguiente texto, que pretende establecer unos parámetros ecuánimes a la hora de incluir enlaces externos en el foro de dogging-spain en lo relativo a su prohibición o no.
Antes de mencionar esos parámetros o circunstancias, la administración cree conveniente examinar algunas de las opiniones que se vertieron en el proceso negociador, con el fin de argumentar su inclusión o no en el resultado final.

Respecto a estas dos teorías, la administración entiende que no sería posible aplicarlas pues no es infrecuente encontrar supuestos muy concretos y específicos que escaparían a una aplicación genérica de TODO o NADA, pudiendo caer por tanto en posibles estados de indefensión por parte de los usuarios (TODO) o de casos absurdos al no poder mencionar ningún tipo de web externa aunque ello fuera necesario para la consecución de fines directamente vinculados con el dogging.


El hecho es que exigir a ciertos usuarios este tipo de “gravamen” y en determinadas circunstancias, podría hacer y provocar demasiados problemas en el futuro, así como permitir, en base a esta teoría, un “publicita todo lo que quieras porque ya me has puesto un enlace a dogging-spain”. Así mismo podría suponer una exigencia, para cierto colectivo, que posiblemente no estarían o no tendrían porque estar dispuestos a asumir. En ese sentido, la administración rechaza como único baremo o como determinante, esta posibilidad.

Expuesto lo anterior, procede, en base a dos criterios iniciales, establecer los parámetros por los que dogging-spain se va a basar para permitir o no enlaces externos.
En primer lugar cabe examinar cuales son esos dos criterios básicos, que primarán en cualquier caso:
a) En el dogging, y por supuesto, en dogging-spain, no tienen cabida los/las profesionales. Es un ambiente liberal y sin ánimo de lucro, por tanto, estos sujetos quedan excluidos de este ambiente y no serán permitidos, hagan o no publicidad de sus servicios, en el foro.
b) En relación con el anterior supuesto, la web dogging-spain no está basada ni es su objetivo, obtener un lucro económico con su existencia. Por este mismo motivo, se rechazará igualmente, cualquier intento, externo o interno, de lucro por parte de cualquier usuario (léase vender servicios, vender fotografías, comerciar, etc).
Establecidos estos dos principios, procede ahora sí, definir los parámetros o circunstancias que se tendrán en cuenta para permitir o no enlaces externos:


- En la página enlazada existen servicios de pago adicional: llamadas a 806, envío de SMS para acceder a zonas de la web privadas, o de descargas, etc. Esto demuestra una clara intención de lucro.
- La página enlazada, a pesar de no disponer ninguno de los servicios mencionados en el punto anterior, tiene un claro objetivo de lucro económico en base a un excesivo número de banners o pop-up, o por tratarse de páginas que promocionan directamente servicios de profesionales o cuyo único fin es obtener dinero.
- La página enlazada es propiedad de usuarios que están expulsados por infringir las normas básicas de respeto hacía el foro y sus usuarios o hacia la administración.
- El usuario que introduce el enlace, tiene un claro objetivo de publicitar su web (aunque no se encuentre en ninguno de los supuestos anteriores). Para obtener este punto, se observará la trayectoria de ese usuario, su participación, su antigüedad y en general, sus intervenciones en el foro.

Los enlaces externos permitidos por no concurrencia de ninguno de los supuestos anteriormente mencionados podrán formar parte de la firma de un usuario en sus mensajes, en el sello de una fotografía (siempre que la fotografía sea de su propiedad y no de terceros), en su perfil, o en un mensaje en el foro. Por tanto, y en sentido inverso, los supuestos no permitidos se entienden en cualquier de los lugares mencionados.
Adicionalmente, se valorará pero no será determinante, que el usuario o la web publicitada y permitida, incorpore alguna mención o enlace hacía dogging-spain para compensar la publicidad generada por el foro de dogging-spain (prácticas de buena conducta). Por supuesto, la existencia o no de esa mención o enlace no excluye de ninguno de los supuestos de prohibición.
Dicho esto, si algún usuario observa el incumplimiento de estos supuestos, la administración le ruega se ponga en contacto con el moderador correspondiente, o en caso de inexistencia para ese foro con la administración.
En caso de que algún usuario incumpla estas normas, será advertido UNA vez por mensaje privado y su mensaje o enlace no autorizado será eliminado inmediatamente. Si reincide, será expulsado.
Esto implica, que si el mismo usuario expulsado se registra en el foro con otro nick NO recibirá advertencia de nuevo.
------------------ FIN ----------------------